AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PROTECCIÓN DE UNA PATENTE EN EL SALVADOR.
Las patentes en El Salvador son otorgadas por un plazo de 20 años de protección, contados apartir de la fecha de presentación de la solicitud nacional, sin embargo en el caso de las solicitudes PCT que entran en fase nacional en nuestro país, la fecha de presentación que se reconoce es la de la Solicitud internacional.
Con las reformas realizadas en nuestra legislación, a raíz de la ratificación por parte de El
Salvador del Tratado de Libre Comercio suscrito entre los países de Centro América, República Dominicana y Estados Unidos (CAFTA-DR), es posible solicitar la prórroga del plazo de protección de una patente, es decir, que el plazo de veinte años finalice en una fecha posterior a
la que correspondería, pero no puede ser ampliado por más de 550 días .
La solicitud de ampliación de dicho plazo es posible para las solicitudes de patentes presentadas
después del 20 de enero de 2006, y aplica en los siguientes casos:
a) Si por causas imputables al Registro, éste se demore en conceder el registro de una patente
por más de 5 años, contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud de registro de la patente;
b) Si por causas imputables al Registro, éste se demore en conceder el registro de una patente por más de 3 años, contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud de examen de
fondo;
c) Si por causas imputables a la autoridad competente para la concesión de registros para la comercialización de productos farmacéuticos, ésta se demore en conceder el registro más de 5 años, contados a partir de la fecha de la presentación de registro. Lo establecido en este literal aplica, solo si existe una patente del producto registrada en El Salvador y que su plazo de protección se encuentre en vigencia.
Dicha solicitud debe de ser presentada ante la entidad encargada y ésta procederá a evaluar la misma a efecto de analizar las razones y circunstancias que motivaron el atraso en el plazo. Una
vez evaluada dependerá del criterio de la autoridad competente si es autorizada o no la
ampliación del plazo de protección de la patente.
A la fecha en nuestro país solamente se ha presentado una solicitud de ampliación del plazo de protección de una patente, posterior a la entrada en vigencia de esta disposición legal, sin embargo se ha visto el interés en este tema de muchos propietarios de patentes.}
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