Exoneración de impuesto sobre la renta de aguinaldos de 2018

ROMERO PINEDA & ASOCIADOS, les informa que el día 24 de Octubre de 2018, la Asamblea Legislativa durante sesión plenaria aprobó el Decreto número 160, cuyas disposiciones transitorias eximen de la retención y pago del Impuesto sobre la Renta los ingresos que en concepto de aguinaldo, reciban los trabajadores a que se refiere el Código de Trabajo y la Ley Sobre Compensación Adicional en Efectivo, hasta un monto no mayor de dos salarios mínimos mensuales del sector Comercio y Servicio (US$ 608.34).

Aquellos aguinaldos que excedan la cantidad anteriormente referida constituirán Renta Gravada y por consecuencia serán sujetos a la retención y al pago de dicho impuesto, deduciendo los dos salarios mínimos referidos.

 

Además, les recordamos que de conformidad al Artículo 200 del Código de Trabajo, el aguinaldo debe pagarse entre el 12 y 20 de diciembre de cada año.

 

Para mayor información y asistencia legal sobre los requisitos y forma de pago, causales de pérdida del derecho del pago de aguinaldo y otros asuntos de tipo Corporativo y/o Laboral, por favor no duden en contactar a la Licenciada Beatriz Merino (Coordinadora de la Unidad Laboral) al (503) 2505-5555 o al correo electrónico bmerino@romeropineda.com.

 

Para nosotros será un gusto poder atenderles.

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