Protección de Marcas: Salvaguardando valiosos activos de la Propiedad Intelectual

Por: Nadya León, asociada de Protección de Marca

 

Desde su fundación en 1978, nuestra firma, Romero Pineda, ha sido pionera en el campo de la Propiedad Intelectual. Este ámbito engloba diversas divisiones, como Marcas, Protección de Marca, Patentes, Modelos de Utilidad, Derecho de Autor, entre otros. En este mes dedicado a la Propiedad Intelectual, nos complace comenzar compartiéndote información sobre una de nuestras divisiones clave: la Protección de Marca.

En nuestra división, proporcionamos asesoramiento legal y servicios especializados a nuestros clientes con el fin de salvaguardar su Propiedad Intelectual, prevenir la reproducción no autorizada o falsificación de sus productos por parte de terceros, y así evitar cualquier confusión entre los consumidores. Estas prácticas ilícitas no solo ocasionan pérdidas económicas significativas para nuestros clientes, sino que también pueden dañar la reputación y la imagen de la marca, especialmente cuando las copias son de baja calidad o representan un riesgo para la salud y el medio ambiente al no cumplir con los estándares de seguridad establecidos por los propietarios.

Entre las medidas que implementamos se encuentran las oposiciones y recursos administrativos para impedir el registro de signos distintivos similares o idénticos. Estas acciones preventivas ante las autoridades de marcas buscan evitar posibles infracciones o prácticas desleales en el mercado. Para ello, llevamos a cabo una vigilancia constante de las publicaciones de signos distintivos en el Diario Oficial a través de nuestro servicio de monitoreo de marcas.

A pesar de nuestros esfuerzos de vigilancia y las medidas administrativas disponibles, existe la posibilidad de que se registren marcas de mala fe, lo cual puede afectar los derechos de nuestros clientes y requerir acciones legales ante los tribunales mercantiles.

En casos de infracción, también podemos tomar medidas en las fronteras, solicitando la suspensión de la importación, exportación o tránsito de mercancías que presuntamente infringen los derechos de marca o de autor, además de emprender acciones penales correspondientes. Dichas acciones están sancionadas con penas de prisión de 2 a 4 años, dependiendo de la gravedad del delito.

La Propiedad Intelectual está consagrada como un derecho fundamental en la Constitución de la República en su artículo 2, y el artículo 103, reconoce y garantiza el derecho a la propiedad privada en función social, así como la propiedad intelectual y artística según lo establecido por la ley. En este sentido, El Salvador ha ratificado tratados internacionales y cuenta con legislación específica en materia de Propiedad Intelectual y Marcas, lo que crea un entorno propicio para la inversión internacional.

Nuestro equipo de Protección de Marca realiza un monitoreo constante del mercado y desarrolla diversas estrategias para prevenir la dilución de los signos distintivos y proteger la reputación de los activos de nuestros clientes. Además, nuestro personal recibe formación continua y está al tanto de la jurisprudencia nacional e internacional para defender eficazmente los valiosos activos de nuestros clientes.