Protocolos Sanitarios para la Reactivación Gradual de la Economía
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DECRETO EJECUTIVO N°31
“Protocolos Sanitarios para garantizar los derechos a la salud y a la vida de las Personas en el Proceso de Reactivación Gradual de la Economía durante la Pandemia por COVID-19”
Aplicables en las Zonas Occidental, Central y Oriental de la República de El Salvador.
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-Emitido por Órgano Ejecutivo en el Ramo de salud el día domingo 14 de junio de 2020.
-Regula la reactivación económica en CINCO ETAPAS a partir del martes 16 de Junio, culminando la última etapa el 21 de Agosto.
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A través del Decreto Ejecutivo N°31, el Gobierno de El Salvador busca organizar la reapertura de nuestra Economía de una forma ordenada. Ahora, el desafío que enfrentamos es cómo reabrir la economía y lograr que las personas vuelvan a trabajar mientras se alcanzan los objetivos de salud pública. La reactivación consistirá en las siguientes fases:
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FASE 1: (del martes 16 de junio al lunes 6 de julio):
Se permitirá que continúen desarrollándose todas las actividades que estaban autorizadas durante la pandemia, siendo algunas de las más importantes la venta de alimentos y productos farmacéuticos, farmacias, laboratorios clínicos y transporte privado de personas.
Se permitirá en esta fase la operación de las industrias siguientes: Elaboración de alimentos y bebidas, productos de limpieza e higiene, industria textil y confección, el sector construcción, industria metalmecánica, manufactura electrónica, repuestos y manufacturas de autopartes, sector energía, servicios de reparación y mantenimiento, industria aeronáutica (vuelos de repatriación y vuelos humanitarios, operaciones de terminal de carga para importación, exceptuando encomiendas y mercaderías para su reventa), puertos marítimos para exportación e importación de carga en general, Centros Comerciales (solo venta en línea o para recoger), comida por delivery, servicios empresariales en línea o vía telefónica, servicios de contabilidad, auditoría y abogacía, servicios de imprenta, servicios médicos por cita, servicios veterinarios, salones de belleza por cita, transporte de carga, sector público para trámites de comercio e inversión, cuerpo diplomático, asociaciones y gremiales empresariales, docentes y administrativos de centros educativos.
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FASE 2: (del martes 7 de julio al martes 21 de julio):
Se permitirán las operaciones de todos los sectores de la Fase 1, así como las industrias de: Plástico, papel y cartón, calzado, cosméticos, otras actividades de la industria manufacturera, industrias creativas, servicios profesionales y empresariales, centro de llamada (call centers), bienes raíces. En Centros Comerciales: definidos en fase 1, supermercados, farmacias, servicios esenciales, la operación de restaurantes y áreas de comida en espacios abiertos y cerrados atendiendo protocolos de bioseguridad, ópticas, salones de belleza, peluquerías y barberías, servicios empresariales por cita, (no se permiten actividades con fines recreativos). Restaurantes y cafetines atendiendo protocolos de bioseguridad, transporte colectivo y escuelas de aviación. Se permite salir a caminar atendiendo protocolos de bioseguridad; se permitirá operar cadenas de abastecimiento y distribución de las industrias de esta fase y se deberá de mantener 2 mts. de distancia entre las personas, determinando así la capacidad máxima de cada empresa.
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FASE 3: (del miércoles 22 de julio al miércoles 5 de agosto):
Se permitirá el comercio al por menor y por mayor, actividades del sector informal (con protocolos sanitarios), salones de belleza y peluquerías sin cita previa, apertura de establecimientos para deporte sin contacto, gimnasios (con protocolos sanitarios), industria aeronáutica para operaciones en el HUB (a un % de operación). En Centros Comerciales: definidos en fase 2, establecimientos y comercios de servicios en general, establecimientos para deporte sin contacto, gimnasios (todo con protocolos sanitarios), las ópticas, salones de belleza y peluquerías sin cita previa (no se permiten actividades con fines recreativos. Iglesias y lugares de culto y centros privados de cuidado diario para adultos mayores y personas con discapacidad.) deberán de mantenerse 2 mts. de distancia en cadenas de distribución.
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FASE 4: (del jueves 6 de agosto al jueves 20 de agosto):
Se permitirán los espectáculos y eventos deportivos públicos en estadios de futbol aplicando distanciamiento de 2 mts., industria aeronáutica (a un % de operación), turismo interno e internacional (con protocolos sanitarios), museos y salas de exposiciones, centros de convención, cines y teatros (con 50% del aforo). En Centros Comerciales: espectáculos y cine (con 50% del aforo).
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FASE 5: (A partir del viernes 21 de agosto): Se permitirán todas las demás actividades que no se encuentren en operación en fase 4.
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