Por: Rodolfo Ramírez, gerente de Corporativo e Internacional
El día de ayer se ha aprobado la incorporación de un capítulo al Código de Comercio para admitir el truncamiento (digitalización) de cheques en la legislación mercantil.
Tradicionalmente, el uso de fondos de las cuentas corrientes se hace por medio de la emisión de cheques los cuales pueden ser cambiados en agencias bancarias emisoras de las chequeras respectivas o ser abonados en cuentas bancarias abiertas en otros bancos. En este último caso, da inicio el procedimiento de compensación el cual toma un lapso para que haya disponibilidad de los fondos.
La reforma fundamentalmente se encamina a sentar las bases para la modificación de los procesos de compensación para reducir los plazos de disponibilidad de los fondos, haciendo uso de imágenes de los cheques en lugar del intercambio de los cheques originales.
Se ha encargado al Banco Central de Reserva de El Salvador los desarrollos normativos correspondientes en un plazo de 90 días contados a partir de la entrada en vigor de la reforma y a la Superintendencia del Sistema Financiero, la supervisión de los participantes del mercado en estos procesos. La reforma entrará en vigor ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
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